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Desde 1974, la Ley General de Población fue la base normativa en materia de migración en México. Sin embargo, dicha ley era extremadamente complicada y restrictiva hacia los extranjeros en México.

Afortunadamente, en el periodo comprendido entre 2011 y 2012, se promulgaron reformas importantes así como se trabajaron diferentes modificaciones legislativas a los criterios en materia migratoria, de acuerdo con los crecientes desafíos que el gobierno  mexicano se enfrentaba en el momento- la afluencia constante de inmigrantes sudamericanos en transito a los Estados Unidos de América, constantes violaciones de los derechos humanos y la falta de protección a sus garantías individuos y el cumplimiento por parte del gobierno mexicano a los tratados y acuerdos internacionales en materia de derechos humanos de los migrantes, lo cual conllevó a la promulgación de la actual Ley de Migración el 25 de Mayo del 2011.

Visas, permisos de trabajo y residencias

La ley de Migración establece tres categorías migratorias principales, condiciones denominadas de estancia para reemplazar a las mas de 30 categorías migratorias y las modalidades previstas en la anterior Ley General de Población.

La condición de estancia es asignar por las autoridades del Instituto  Nacional de Migración a un extranjero en función de su “intención de residencia” de la siguiente manera:

Servicios:

Visitantes
Residencia Temporal
Residencia Permanente
Visa estadounidense valida
Prueba de residencia permanente en Canadá, Japón, Gran Bretaña y los país del área de Schengen.
Tarjeta de viaje de negocios APEC (ABTC) aprobada por México
Certificado que acredita que el extranjero es un miembro de la tripulación de alguna aeronave o trasporte marítimo que arribe al país.
Naturalización